¿Qué pasa si me divorcio y tengo un plan de pensiones?

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Si estás casado en régimen de gananciales, tienes un plan de pensiones y te vas a divorciar, te interesa leer este post.

Los planes de pensiones tienen carácter privativo, son de su titular nominativo, sin embargo, debemos aclarar que ocurre si nos divorciamos y se realiza la liquidación de la sociedad de gananciales.

Aunque el plan de pensiones sea privativo se ha nutrido de aportaciones de dinero ganancial mientras ha durado el matrimonio, … ¿Cómo se soluciona? La respuesta es reembolsando las cantidades por parte del titular del plan a la sociedad de gananciales.

No hay una norma concreta que regule este asunto, pero los juzgados y tribunales han venido considerando que las cantidades aportadas al plan, o bien a la póliza de seguro, efectuadas vigente la sociedad de gananciales, “deben ser reembolsadas a ésta, en cuanto se presumen realizadas con dinero de carácter ganancial, salvo prueba en contrario”, por lo que deberá formar parte del inventario de la liquidación de gananciales, y ello con la correspondiente actualización por ipc a la fecha de liquidación efectiva de los gananciales.

Pero ojo, porque existe un supuesto en el que la respuesta es distinta, y es en los casos en que el plan de pensiones se nutre de aportaciones realizadas por la empresa para la que trabaja el titular del plan, son los denominados planes de empleo. Este supuesto se da cuando la empresa para la que se trabaja es la que paga todos los meses el salario y además se abre un plan de pensiones para el trabajador y que va a ir pagando la empresaEn este supuesto las aportaciones al plan de pensiones se consideran privativas, ya que no han sido pagadas con dinero ganancial del matrimonio.

Pero este último supuesto tiene respuesta diferente, y se consideraría que debe incluirse en el inventario de la liquidación de gananciales y repartirse en el momento de su rescate, en el caso de que su titular y su cónyuge así lo decidan en el momento de hacer la liquidación del régimen económico matrimonial de gananciales.

Así, la voluntad de las partes puede influir en el reparto de la cantidad cuando se rescate el plan de pensiones empresarial de uno de los cónyuges y que se reparta entre los dos miembros de la pareja en el inventario de la sociedad de gananciales, según ha establecido el Tribunal Supremo en reciente sentencia de 6 de junio de 2019.

El magistrado ponente afirma que, al margen de la calificación del plan de pensiones, lo que es indiscutible es que las partes acordaron que se repartiría a partes iguales, acuerdo que tiene sustento jurídico en el principio de libertad de contratación de los cónyuges. El Tribunal Supremo determina en esta sentencia que, en principio, el plan de pensiones del demandado también habría de considerarse incluido en uno de los acuerdos suscritos por ambas partes, y ello por cuanto en uno de los puntos pactaron que cuando se rescatase el plan de pensiones del demandado, se repartiría a partes iguales.

Esperamos que estas notas os hayan clarificado lo que ocurre con los planes de pensiones si vamos a divorciarnos y estábamos casados en gananciales.  


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