Ahora que el Estado de alarma ha terminado, ¿qué podemos hacer y qué no al salir a espacios públicos? Como consecuencia de la expansión del COVID-19 se adoptaron medidas de prevención y contención necesarias para la vigilancia y control en materia de salud pública.
Pese a haberse superado la fase aguda de la crisis sanitaria es imprescindible mantener determinados comportamientos y formas de actuación que se han mostrado eficaces en el control de la misma ante el progresivo incremento de la actividad económica y social que se producirá tras la pérdida de vigencia del estado de alarma.
Ante este nuevo escenario resulta necesaria la adopción de una serie de medidas, con el objeto de garantizar la salud pública y la seguridad de la ciudadanía, que permitan asegurar un mejor control de la emergencia sanitaria así como evitar y minimizar los riesgos de propagación de la enfermedad COVID-19. El Gobierno autonómico, ha establecido en la Orden una primera fase, del 21 de junio al 5 de julio, ambos inclusive; y una segunda parte, a partir del 6 de julio, aunque se contemplan algunas restricciones.
TRANSPORTE
- Se mantiene el uso obligatorio de mascarilla para los mayores de 6 años sin excepción (salvo los casos establecidos por Sanidad).
- En los servicios de transporte público por carretera dependientes del Consorcio Regional de Transportes de Madrid se mantiene la posibilidad que se ocupe el 100% de las plazas disponibles, salvo la fila posterior al conductor en aquellos vehículos que no tengan mampara.
- Para viajar de pie, la ocupación se amplía de 2 a 3 personas por metro cuadrado. En todo caso, se sigue recordando que se mantenga la máxima distancia posible.
- En los transportes particulares se elimina la obligación de que todos los pasajeros del vehículo residan en el mismo domicilio y se permite que se ocupen la totalidad de los asientos.
RESTAURACIÓN Y OCIO
- Entre el 21 de junio y el 5 de julio se permitirá la ocupación del 60% del aforo del interior (mesas y barra) y del 80% de la terraza. A partir del 6 de julio se podrá utilizar la totalidad de la terraza y el 75% del aforo interior.
- Las discotecas y bares de ocio nocturno, estos permanecerán cerrados hasta el 5 de julio.
PISCINAS Y ACTIVIDADES DEPORTIVAS
- Las piscinas recreativas (privadas y municipales) mantendrán, hasta nueva orden, un aforo máximo del 50%. La piscinas deportivas (privadas y municipales) contarán con una foro del 75%. A partir del 6 de julio no tendrán límite de aforo, manteniendo en las zonas de estancia la distancia de 1,5m.
- Hasta el 5 de julio incluido, se podrá realizar en gimnasios actividad deportiva en grupos de hasta 20 personas, sin contacto físico y siempre que no se supere el 60% del aforo máximo permitido. Desde el 6 de julio, se ampliará al 75% y a 25 personas.
- El acceso a las instalaciones y cualquier desplazamiento por su interior debe hacerse obligatoriamente con mascarilla y no se compartirá ningún material. En los vestuarios se deberá garantizar el respeto a la distancia mínima interpersonal de, al menos, 1,5 metros.
ACTIVIDADES CULTURALES Y ESPECTACULOS
- Las bibliotecas, archivos, museos, salas de exposiciones y monumentos tendrán un aforo máximo del 60% hasta el 5 de julio. A partir del 6 de julio será del 75%.
- Los cines, teatros, auditorios y espacios similares podrán desarrollar su actividad contando con butacas pre asignadas y sin superar el 60% del aforo permitido en cada sala hasta el 5 de julio; desde el 6 de julio, el límite será del 75%.