Consejos legales para viajar en avión

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Si vas a viajar en avión estas vacaciones, son varios los problemas a los que te puedes enfrentar.

En Delyser Abogados queremos que disfrutes de tu viaje al máximo, por eso, te proporcionamos los derechos más frecuentes de los pasajeros:

 

  • OVERBOOKING (DENEGACIÓN DEL EMBARQUE):

En caso de que tu vuelo se encuentre sin capacidad para más pasajeros, la compañía aérea deberá buscar voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de ciertos beneficios que entre ambas partes acuerden.

Si decides no ofrecerte voluntario, los derechos por denegación del embarque son:

1) Derecho de información: La compañía aérea deberá facilitar a cada pasajero afectado un impreso con los derechos que le asisten.

2) Derecho de atención: El transportista aéreo deberá proporcionar gratuitamente:

  1. Comida y refrescos suficientes.
  2. Alojamiento en hotel si es necesario pernoctar.
  3. Transporte entre aeropuerto y lugar de alojamiento.
  4. Dos llamadas telefónicas o correos electrónicos

3) Derecho de reembolso o a un transporte alternativo: El pasajero tendrá las siguientes opciones:

  1. Reembolso del billete en 7 días
  2. La conducción hasta el destino final en condiciones comparables lo más rápidamente posible
  3. La conducción hasta el destino final, en condiciones comparables, en una fecha posterior que convenga al viajero.

4) Derecho a compensación: La compensación dependerá de la distancia del vuelo:

  1. Para vuelos de hasta 1500 km la compensación será de 250 €
  2. Para vuelos intracomunitarios de más de 1500 km, y resto de vuelos entre 1500 y 3000 km, será de 400 €
  3. Para el resto de vuelos no comprendidos en apartados anteriores, de 600 €.

Estas cantidades podrán reducirse en un 50% si la compañía ofrece transporte alternativo y la diferencia en la hora de llegada no es superior a 2, 3 o 4 horas, según si nos encontramos en los supuestos a), b) o c), respectivamente.

 

  • RETRASO:

En caso de que tu vuelo se retrase, te informamos los derechos que tienes como pasajero. Los derechos en este supuesto son:

1) Derecho de información (igual que en todos los casos)

2) Derecho de atención: En este caso, la existencia de este derecho dependerá del retraso respecto de la hora de salida inicialmente prevista:

  1. Para vuelos de hasta 1.500 km, si es superior o igual a 2 horas.
  2. Para vuelos intracomunitarios de más de 1500 km, o resto de vuelos de entre 1500 y 3000 km, si es superior o igual a 3 horas.
  3. Para el resto de los vuelos, si el retraso es de cuatro horas o más.

Como en el caso de la denegación de embarque, la compañía deberá ofrecer comida y refrescos suficientes, dos llamadas telefónicas o correos electrónicos, y alojamiento en hotel y transporte con el alojamiento, si la hora de salida prevista es como mínimo al día siguiente.

3) Derecho de reembolso: Para tener derecho a reembolso en este caso el retraso tiene que ser de un mínimo de 5 horas. Si es el caso, y el pasajero decide no viajar, tendrá derecho a la devolución del billete.

 

  • CANCELACIÓN:

Si cancelan tu vuelo, tienes acceso a los siguientes derechos:

1) Derecho de información (igual que en todos los casos)

2) Derecho de atención (igual que en overbooking)

3) Derecho de reembolso o a un transporte alternativo (igual que en casos anteriores)

4) Derecho a compensación: Los viajeros tendrán derecho a una compensación, salvo determinados supuestos que excluyen la indemnización:

  1. Que se informe por la compañía de la cancelación con al menos dos semanas de antelación.
  2. Que se informe con una antelación de entre 2 semanas y 7 días, y se ofrezca un transporte alternativo que permita salir con no más de 2 horas de antelación a la salida prevista, y una demora de menos de 4 horas a la llegada.
  3. Que se informe con menos de 7 días y se ofrezca otro vuelo que permita salir con no mas de un hora de antelación a la salida prevista, y una demora de menos de dos horas a la llegada.
  4. Si la compañía prueba que la cancelación se debe a circunstancias extraordinarias (condiciones meteorológicas, riesgo de seguridad, inestabilidad política, huelgas, etc).

 

  • PERDIDA DE EQUIPAJE:

En caso de pérdida, daños o retraso en el transporte del equipaje, también la compañía aérea tendrá responsabilidad.

Lo primero que debes hacer es dirigirte al mostrador del Punto de Información o de la compañía aérea, y solicitar el P.I.R (parte de irregularidad de equipajes). Asegúrate de completar todos los datos y quedarte con una copia del parte.

En caso de que haya que presentar una reclamación por los daños de la maleta o porque esta no aparezca, deberás adjuntar el P.I.R. a dicha reclamación, teniendo los siguientes plazos:

  1. En caso de daño en el equipaje el plazo es de 7 días.
  2. En caso de retraso hasta 21 días
  3. En caso de pérdida, una vez transcurridos los 21 días

En caso de retraso la compañía tendrá que asumir los gastos de primera necesidad como consecuencia del retraso, para ello deberás conservar los comprobantes o tickets.

Si la maleta finalmente no aparece, tendrás derecho a una indemnización que actualmente asciende a un máximo de 1.400 € aproximadamente.

Si el equipaje aparece dañado, dependiendo de la aerolínea realizarán un pago por el daño u ofrecerán una nueva maleta.

¿Quieres saber más información?

Si quieres más información y asesoría en cuanto a reclamaciones de viajes en vuelos de avión, asegúrate de contactar con nosotros.

¡Viaja seguro con Delyser Abogados!

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